El protocolo forma parte de la «medida de gobierno para la estrategia municipal de algoritmos y datos para el impulso ético de la inteligencia artificial» y establece una metodología de trabajo para la contratación pública o realización de pruebas piloto de sistemas algorítmicos «confiables».
El documento tiene en cuenta el RGPD y la LOPDGG, la propuesta de Reglamento de IA y distintos «estándares éticos» en todo el ciclo de vida de un sistema algorítmico.
Se invoca la clasificación de sistemas de IA en relación al riesgo inaceptable, alto, limitado, mínimo o sin riesgo.
prevalecen cuatro principios básicos: licitud, lealtad y transparencia, minimización de datos, realización de EIPD y «privacy by design» y «by default».
La Administración toma conciencia; hablamos de un ente local por lo que su adopción es irremediable.
bajo mi punto de vista nos hallamos ante un hito; a la vanguardia incluso con anterioridad al desplegamiento del RIA (PROTOCOL de Definició de metodologies de treball i protocols per a la implementació de sistemes algorítmics).