El pasado 7 de diciembre de 2023 el TJUE se pronunció acerca de la cuestión prejudicial que en 2021 le había planteado el tribunal de Wiesbaden (Alemania) sobre la interpretación de los artículos 6 y 22.1 del RGPD respecto la generación automatizada de valores de puntuación crediticia (o credit scoring) sobre la solvencia de terceros (consumidor).
El asunto afecta la práctica cotidiana del derecho de consumo, y la afección que sufrirán estos tratamientos de datos en virtud de las categorías de riesgo que fijará el Reglamento de Inteligencia Artificial (IA).
De dicha sentencia se desprende, entre otras, una consecuencia relevante; se contempla que los prestadores de dichos servicios actuen en calidad de responsables; el escenario que se abre por eventuales responsabilidades en el marco de la normativa de protección de datos e IA obligará a empresas y clientes (entidades financieras, aseguradoras, etc) a adaptarse a esta situación (alerta a las sanciones que podrán provenir del RGPD y RIA).
El nuevo RIA no evitará que los consumidores dejemos de someternos a los credit scoring.